El Ministerio de Economía actualizó las tasas de interés aplicables en materia tributaria y aduanera, que incluyen a los resarcitorios, los punitorios y aplicables a repetición, devolución, reintegros y compensaciones.
En efecto, a través de la resolución 823 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la cartera dirigida por Luis Caputo definió los siguientes valores:
- Tasa de interés resarcitorio: 2,75%.
- Tasa de interés punitorio: 3,50%.
- Tasa aplicable a repetición, devoluciones, reintegros y compensaciones de impuestos, así como para ciertos supuestos del Código Aduanero: 0,50%.
Las mismas regirán a partir del 1 de julio de 2025, mientras que para las obligaciones vencidas con anterioridad a esa fecha, se aplicarán los regímenes vigentes correspondientes a cada período.